La AFIP estableció los requisitos y condiciones para acceder a los beneficios establecidos en la Ley. 27.541.
Hay tiempo para solicitarlos hasta el 30 de Noviembre.
Beneficios:
– Monotributistas: Eximición del pago mensual del componente impositivo. De acuerdo a la categoría varía la cantidad de meses que se encuentran exceptuados del pago. El beneficio aplicará a partir del mes de enero 2021, se realizará en cuotas mensuales, consecutivas y con un tope de $17.500.
Éstos son los meses que corresponden según la categoría:
*Categorías A y B Enero de 2021 a junio de 2021 (6 cuotas)
*Categorías C y D Enero de 2021 a mayo de 2021 (5 cuotas)
*Categorías E y F Enero de 2021 a abril de 2021 (4 cuotas)
*Categorías G y H Enero de 2021 a marzo de 2021 (3 cuotas)
*Categorías I, J y K Enero de 2021 a febrero de 2021 (2 cuotas)
-Autónomo: Deducción especial en el Impuesto a las Ganancias para el ejercicio 2020. Las personas humanas y sucesiones indivisas podrán deducir, por un período fiscal, de sus ganancias netas un importe adicional equivalente al cincuenta por ciento (50%) del mínimo no imponible.
–Micro y pequeñas empresas: Amortización acelerada. Las micro y pequeñas empresas podrán optar por practicar amortizaciones aceleradas por inversiones realizadas desde el 26/8/2020 hasta el 31/12/2021.
Requisitos:
– Poseer domicilio fiscal electrónico constituido.
– Declarar y mantener actualizado el domicilio fiscal.
– Tener actualizada la actividad económica desarrollada.
– Encontrarse adherido al monotributo y/o inscripto en el impuesto a las ganancias a la fecha de entrada en vigencia de la Ley 27.562 y al momento de la solicitud del beneficio.
– No registrar, al 26 de agosto 2020, incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas ni en el pago de las obligaciones tributarias en los últimos tres períodos fiscales.
– No tener la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) inactiva o limitada.
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