Continuidad de percepciones de Ganancias y Bienes Personales por operaciones en moneda extranjera (RG 5617/2024)

El pasado 19 de diciembre de 2024, entró en vigencia la Resolución General 5617/2024 de la AFIP, estableciendo una readecuación normativa que garantiza la continuidad de las percepciones del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales para operaciones realizadas en moneda extranjera. Este cambio reemplaza la normativa previa (RG 4815) y busca mantener el esquema actual, adaptándolo a las necesidades vigentes.

¿Qué operaciones están alcanzadas?

La percepción, con una tasa del 30%, aplica a diversas operaciones, entre ellas:

  1. Compra de divisas extranjeras para:
    • Atesoramiento.
    • Pagos sin destino específico según la normativa cambiaria.
    • Obligaciones de importación de bienes.
  2. Cambio de divisas para:
    • Cancelación de obligaciones en el exterior (tarjetas de crédito, débito u otros medios).
    • Pago de servicios prestados por sujetos no residentes.
  3. Adquisición de servicios y bienes:
    • Servicios contratados en agencias de turismo.
    • Transporte aéreo, marítimo o terrestre con destino internacional.

Excepciones al régimen

El régimen excluye operaciones como:

  • Prestaciones de salud y compra de medicamentos.
  • Libros y plataformas educativas.
  • Proyectos de investigación y gastos en la lucha contra incendios.
  • Servicios de transporte terrestre a países limítrofes.

Además, están exentos de percepciones entidades como la Administración Central, organismos descentralizados, sociedades cooperativas, asociaciones deportivas y culturales, entre otros.

Puntos a tener en cuenta

  1. Momento de la percepción:
    • Operaciones cambiarias: Al momento de la compra.
    • Tarjetas de crédito: En la fecha de cobro del resumen.
    • Tarjetas de débito: En la fecha de débito de la cuenta bancaria.
    • Servicios abonados en cuotas: Se cobra la percepción total en el primer pago.
  2. Procedimientos de ingreso y declaración:
    • Las percepciones se registran a través del SICORE, según lo establecido en la RG 2.233.

¿Cómo te afecta este régimen?

Si realizás operaciones en moneda extranjera, es importante conocer cómo estas percepciones impactan en tu situación fiscal, así como los procedimientos necesarios para registrarlas y declararlas correctamente.

En Estudio B&R • SMS Mar del Plata, te ayudamos a interpretar y aplicar estas normativas en tu actividad diaria, asegurándote de cumplir con tus obligaciones fiscales de manera efectiva.


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