Se creó un nuevo impuesto que grava la renta financiera obtenida por personas físicas o sucesiones indivisas.
En virtud de la sanción de la Ley 27.430 se introdujeron diversas modificaciones a la Ley de impuesto a las ganancias, incorporando al objeto del impuesto la renta financiera obtenida por personas físicas o sucesiones indivisas, con lo cual a partir del período fiscal 2018 están alcanzados los intereses, rendimientos y resultados obtenidos. La medida fue reglamentada por la resolución general 4468/2019.
Rendimientos por colocaciones financieras (son los intereses obtenidos de Plazos Fijos, Títulos Públicos, Fideicomisos financieros, Obligaciones negociables), están alcanzados por una alícuota del 5% si son en pesos y sin cláusula de ajuste y a una alícuota del 15% cuando sean en moneda extranjera o en moneda nacional con cláusula de ajuste.
Si tenés dudas, comunicate a nuestras oficinas al Tel: 0223 4733263 o envianos un mail a info@byrestudiocontable.com






