El 20 de julio de 2026 se publicó el Decreto 612/2026, que modificó la reglamentación de la reforma laboral introducida por la Ley 27.802, con impacto directo en las negociaciones entre gremios y cámaras empresarias. La norma entró en vigencia el 17 de julio de 2026 y ya está operativa.

¿Qué cambia concretamente?
Antes del decreto, los topes del 0,5% y 2% aplicables a ciertos aportes y contribuciones (sindicales, a cámaras empresarias) se calculaban exclusivamente sobre el salario básico convencional de cada categoría. Ahora, el decreto flexibiliza parcialmente ese límite al ampliar la base salarial sobre la que se aplica: se suman las sumas remunerativas normales y habituales de pago mensual de origen convencional.
Un punto clave para las empresas: cuando existen varios conceptos destinados a los mismos beneficiarios —por ejemplo, distintos aportes a una misma entidad sindical o cámara— deben sumarse todos para verificar que el total conjunto no supere el porcentaje máximo permitido. Ya no alcanza con analizar cada aporte por separado.
Este ajuste es relevante para empresas con convenios colectivos que incluyan aportes patronales adicionales, ya que puede modificar el cálculo de costos laborales vigente.
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